
Los permisos de ingreso para ascensión y trekking se deben adquirir personalmente en la Ciudad de Mendoza. El punto de venta se encuentra en el Centro de Visitantes ubicado en el Parque General San Martín, a pocos metros de los Portones del Parque, Avenida de los Robles y Rotonda del Rosedal, (Ex Edificio Cuba).
El horario de atención:
Lunes a viernes, de 8:00 a 18:00
Sábado y domingo, de 9 a a13:00
Aclaración:
El 25 de diciembre y el 1° de enero, no se realizan venta de permisos.
La vigencia de los permisos comienza a correr a partir del ingreso al Parque. Esta regirá a partir de la fecha colocada por el Guardaparque en los puestos de Horcones o Pampa de Leñas.
El permiso de trekking solo autoriza llegar hasta los campos base, es decir a una cota máxima de 4300 metros sobre el nivel del mar.
Los andinistas que deseen ascender por sobre esta cota o realizar travesías de circunvalación al cerro, deben adquirir permisos de ascenso.
El ingreso invernal es el período comprendido desde el 16 de marzo al 14 de noviembre, en esta temporada se registran ascensos y actividad de trekking en condiciones invernales, las cuales deben cumplir con la formalidad de realizar un deslinde de responsabilidades, debido a que ingresan por su propia cuenta y riesgo, dado que en esta época el Parque no cuenta con los servicios de seguridad propios de la temporada oficial, es decir servicio médico, guardaparque en los Campos Base y Patrulla de Rescate.
La Dirección de Recursos Naturales Renovables solo mantiene en el Parque (en Horcones), una Guardia mínima de Guardaparques, los que controlan el ingreso y la evacuación de residuos, reciben los permisos y los correspondientes deslindes de responsabilidades.
En los casos de ingreso de andinistas en temporada invernal, los mismos se deberán hacer cargo de todos los gastos que demande su eventual búsqueda, rescate, evacuación y atención hospitalaria.
Toda actividad de andinismo y trekking realizada en temporada invernal, será regulada por la autoridad de aplicación mediante la Resolución correspondiente. En caso de autorizarse el ingreso de andinistas, los mismos se deberán hacer cargo de todos los gastos que demande su eventual búsqueda, rescate y evacuación, limitándose la autoridad de aplicación a mantener una guardia mínima en el refugio de Horcones a efectos de realizar un registro de entrada y salida de ingresantes, brindar información a los visitantes y el control de los residuos que generen. Esta guardia se mantendrá siempre y cuando las condiciones climáticas lo permitan, pudiendo la Dirección de Recursos Naturales Renovables disponer su suspensión, cuando por razones de seguridad del personal así lo considere necesario.
Los andinistas que realicen actividades de ascenso habiendo adquirido permisos de trekking, deberán abonar en concepto de multa, el doble del valor del permiso que corresponda de acuerdo a la categoría, (nacional o internacional), y temporada en que la actividad se realice.
La Autoridad de Aplicación estará facultada para exceptuar del pago de los aranceles aquí previstos o disminuirlos solo en temporadas medias y bajas de acuerdo a lo establecido en el Articulo 5º del presente Decreto. Para la solicitud de las excepciones se deberán contemplar claras situaciones de personas o instituciones idóneas para la actividad de ascensión y andinismo, debiéndose evaluar antecedentes y equipamiento a utilizar.
El calendario anual de acceso al Parque Provincial Aconcagua se dividen en dos tipos de accesos: normales correspondientes al verano argentino e invernales.
Cinco días a Plaza de Mulas
Siete días a Plaza de Mulas

